Glosario legal sobre lesiones personales

Resumen de Título: Un resumen cronológico de todos los registros oficiales y documentos inscritos que afectan la titularidad de un inmueble.

Cómplice: 1. Un participante en un delito. 2. Una persona que participa a sabiendas y voluntariamente con otra en una actividad delictiva.

Reconocimiento: 1. Una declaración de aceptación de responsabilidad. 2. La breve declaración al final de un documento legal que indica que el documento fue debidamente ejecutado y reconocido.

Absolver: Declarar a un acusado no culpable en un juicio penal.

Acción: En el sentido legal, una demanda formal o un pleito presentado ante un tribunal.

Adicional: Un aumento por parte de un juez en la cuantía de la indemnización otorgada por un jurado.

Adjudicación: Dictar o pronunciar un fallo o decreto. También la sentencia dictada.

Ad Litem: Término latino que significa “a efectos del litigio”. Por ejemplo, un tutor ad litem es una persona designada por el tribunal para proteger los intereses de un menor o una persona legalmente incapacitada en un litigio.

Organismo administrativo: Entidad gubernamental responsable de administrar e implementar una legislación específica, como las leyes que rigen la seguridad vial o la compensación laboral. Estos organismos pueden tener facultades para dictar normas y autoridad judicial para resolver disputas.

Audiencia administrativa: Procedimiento ante un organismo administrativo que consiste en una argumentación, un juicio o ambos. Las normas que rigen el procedimiento, incluidas las normas de prueba, suelen ser menos estrictas que en los juicios civiles o penales.

Administrador: Persona designada por un tribunal para administrar el patrimonio de una persona fallecida. Puede ser hombre (en cuyo caso se le denomina “administrador”) o mujer (en cuyo caso se le denomina “administradora”).

Pruebas admisibles: Pruebas que pueden presentarse legal y debidamente en un juicio civil o penal.

Procedimiento contradictorio: Procedimiento legal que involucra a partes con intereses contrapuestos, donde una parte busca una reparación legal y la otra se opone.

Declarante: Persona que realiza y firma una declaración jurada.

Declaración jurada: Declaración escrita de hechos confirmada bajo juramento por quien la realiza, ante notario público o funcionario con autoridad para tomar juramentos. Por ejemplo, en casos penales, los agentes de policía suelen utilizar las declaraciones juradas para convencer a los tribunales de que emitan una orden de arresto o registro. En casos civiles, las declaraciones juradas de los testigos se utilizan a menudo para respaldar las mociones de sentencia sumaria.

Acuerdo: Consentimiento mutuo entre dos o más partes; normalmente da lugar a un contrato; puede ser verbal o escrito.

Ayuda e instigación: Ayudar activa, consciente o intencionadamente a otra persona en la comisión o tentativa de comisión de un delito.

Alegación: Reclamación presentada por una parte en un litigio, en la que expone lo que pretende probar.

Resolución alternativa de controversias: Solución de una controversia sin un juicio formal completo. Los métodos incluyen la mediación, la conciliación, el arbitraje y el acuerdo, entre otros.

Amicus Curiae (del latín: «amigo de la corte»). Persona u organización que presenta un escrito legal ante el tribunal expresando su opinión sobre un caso que involucra a otras partes, debido a su gran interés en el asunto.

Apelación: Solicitud ante un tribunal superior para que revise y modifique la resolución de un caso dictado por un tribunal inferior o una agencia administrativa.

Comparecencia: Procedimiento formal mediante el cual un acusado se somete a la jurisdicción del tribunal. 2. Notificación escrita al demandante por parte de un abogado, en la que se indica que representa al demandado.

Tribunal de Apelación: Tribunal con jurisdicción para conocer de una apelación y revisar las decisiones de un tribunal inferior.

Arbitraje: Método alternativo de resolución de conflictos en el que las partes someten su disputa a un tercero neutral y se comprometen a acatar su decisión. En el arbitraje se celebra una audiencia en la que ambas partes tienen la oportunidad de ser escuchadas.

Árbitro: Persona que dirige un arbitraje.

Lectura de cargos: Procedimiento en el que una persona acusada de un delito comparece ante el tribunal, se le informan los cargos y se le pide que se declare culpable o inocente. A veces se denomina audiencia preliminar o comparecencia inicial.

Arresto: Detener a alguien por orden judicial.

Agresión: Intento intencional o amenaza de dañar a otra persona, junto con la capacidad presente de infligirle daño, lo que le causa temor. Si bien el término “agresión” se usa frecuentemente para describir el uso de fuerza ilegal, el término legal correcto para el uso de fuerza ilegal es “agresión física”.

Asunción del riesgo: Cuando una persona procede voluntaria y conscientemente ante un peligro obvio y conocido, asume el riesgo. Quien asume el riesgo no puede alegar negligencia como elemento fundamental de una demanda por negligencia. La teoría subyacente es que quien decide correr un riesgo no puede quejarse posteriormente de haber sufrido daños por dicho riesgo. Por lo tanto, no podrá reclamar indemnización económica a quienes pudieran haber sido responsables.

Privilegio abogado-cliente: Privilegio del cliente para negarse a revelar y para impedir que cualquier otra persona revele las comunicaciones confidenciales entre él y su abogado.

Apoderado: Persona particular (no necesariamente abogado) autorizada por otra para actuar en su nombre, ya sea para un propósito específico, como realizar un acto concreto, o para la realización de negocios en general, sin carácter jurídico. Esta autorización se confiere mediante un documento escrito, denominado poder notarial o, más comúnmente, carta notarial.

Abogado principal: El abogado principal en un litigio, quien firma todos los documentos formales relacionados con el mismo.

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